PRESENTACIÓN DEL DESPACHO:
Nuestro despacho se fundó en el mes de junio de 1994 por Lydia Rofes Borràs, en aquel entonces recientemente licenciada en Derecho por la Universitat de Barcelona, y colegiada en el Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona.
El despacho se ubicó desde sus inicios en la planta baja de una casa familiar en la c/ Joncar, entre la Rambla del Poblenou y la c/ Marià Aguiló, dos de las calles más concurridas por parte de los vecinos y vecinas del barrio del Poblenou. Y desde entonces seguimos fieles a nuestra ubicación de proximidad.
La ubicación en el barrio del Poblenou no ha impedido, no obstante, que una parte importante de nuestros clientes no residan en el barrio. A lo largo de estos años de ejercicio de nuestra profesión hemos establecido vínculos muy apreciados por nosotros con empresas y personas de otros barrios de Barcelona, incluso de otros pueblos y ciudades de Catalunya.
La ubicación actual en la planta baja de acceso directo desde la calle fue también nuestra primera opción para una mayor proximidad a todas las personas que precisaran de nuestros servicios de asesoramiento jurídico desde una casa familiar en el corazón mismo del Poblenou, con la ilusión de seguir fieles a nuestra ubicación ya que la vida de barrio y la proximidad con gran parte de nuestros clientes nos satisface enormemente como profesionales.
Noticias
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Testamento
Capacidad para otorgarlo de persona que la tiene modificada
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Desconexión durante la junta telemática
¿Qué pasa cuando un socio se pierde parte de la junta telemática por problemas de conexión? Evite conflictos.
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Compraventa de vivienda
Reclamación de arras por incumplimiento
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Contrato de alimentos
Es esencial que concurra aleatoriedad
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Si continúa prestando servicios tras el contrato…
Si finalizado un contrato administrativo sigue prestando los mismos servicios sin oposición, puede reclamar su pago y demás conceptos previstos en la ley.
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Reconocimiento de deuda
Carga de la prueba de su inexistencia o ilicitud
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Humedades en vivienda arrendada
Para determinar la responsabilidad es necesario acreditar su origen
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Acción directa en el transporte terrestre de mercancías
La ley protege al transportista efectivo subcontratado, que puede reclamar al cargador aunque éste ya haya pagado.
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Colisión por alcance
Necesidad de nexo causal en las lesiones para apreciar responsabilidad
Herramientas
Guías prácticas